México ofrece a extranjeros regularizar su situación migratoria

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México, (Notimex).- El gobierno mexicano, a través del Instituto Nacional de Migración (INM), facilitará la regularización migratoria de las personas extranjeras que hayan ingresado a México antes del 9 de enero de 2015 y que al 9 de enero de 2017 residan en el país en situación migratoria irregular.

Para ello, los visitantes que se encuentren en territorio nacional y que manifiesten su interés de residir de forma temporal en el mismo deberán ajustarse al Programa Temporal de Regularización Migratoria, el cual establece los supuestos, requisitos y procedimientos aplicables de manera temporal para que el INM regularice su situación.

Dicho programa, publicado por la Secretaría de Gobernación en el Diario Oficial de la Federación, será aplicable siempre y cuando los extranjeros no tengan un trámite migratorio pendiente de resolución, estar sujeto a proceso penal o haber sido condenado por delito grave y haber sido deportado.

También haber incumplido una orden de salida dictada dentro de la vigencia del programa o haber incurrido en situación migratoria irregular después del 09 de enero del 2017, entre otras.

Para solicitar dicha regularización, los interesados deben presentar el formato para solicitar trámite migratorio de estancia; pasaporte, documento de identidad y viaje, documento oficial expedido por autoridad de su país de origen, constancias consulares de identidad u otros documentos oficiales que acrediten su identidad y nacionalidad.

También aquellos documentos que acrediten su residencia regular o irregular en el país antes del 09 de enero de 2015 como boletos de avión o de autobús que acrediten su internación; pasaporte con sello de ingreso; documento migratorio, en caso de que haya tenido una estancia regular en México.

Recibos de luz, agua, teléfono, internet, televisión por cable, gas o cualquier otro servicio; expediente clínico, constancias de estudios o contrato de arrendamiento o cualquier otro documento emitido por institución pública que acredite que la persona extranjera solicitante ha residido en México.

Estos documentos los deberá presentar en las oficinas de atención a trámites del INM, en caso de que el extranjero acuda personalmente, la autoridad migratoria podrá levantar el acta de la comparecencia en ese momento, o bien, citarlo para que comparezca en una hora y fecha que se determinará de acuerdo a la agenda de citas de la oficina de trámites, así como a la disponibilidad de la persona extranjera.