22.7 C
McAllen
Wednesday, April 24, 2024
InicioInformación GeneralTexasLa Oficina de la Contraloría extiende el plazo del Impuesto de Franquicia

La Oficina de la Contraloría extiende el plazo del Impuesto de Franquicia

(Especial para El Periódico USA)

(AUSTIN) — En respuesta a la reciente tormenta de invierno y cortes de energía en el estado, el Contralor de Texas, Glenn Hegar, anunció  que su agencia está extendiendo automáticamente la fecha de vencimiento para 2021 de informes de impuestos de franquicia desde mayo15 hasta junio 15. La extensión alinea a la agencia con el Servicio de Impuestos Internos (IRS), que a principios de esta semana extendió la fecha límite de presentación y pago de impuestos del 15 de abril al 15 de junio para todos los residentes y negocios de Texas.

La extensión de la fecha de vencimiento se aplica a todos los contribuyentes de franquicia. Es automático, y los contribuyentes no necesitan presentar ningún formulario adicional.

“Para ayudar a las empresas a hacer frente a la tormenta invernal sin precedentes y a los cortes de electricidad y la escasez de agua resultantes, pensamos que era apropiado alinear la fecha límite del impuesto de franquicia del estado con la fecha límite del IRS, tal como hicimos el año pasado cuando el IRS cambió su fecha límite de presentación debido a la pandemia”, dijo Hegar. “Las empresas y los propietarios de empresas de Texas deben centrarse en los esfuerzos de recuperación y la salud y el bienestar de sus familias, empleados y comunidades, y espero que esta acción les dé esa flexibilidad adicional”.

La información agregada de las declaraciones de impuestos federales de los contribuyentes comprende los bloques de construcción de sus declaraciones de impuestos de franquicia de Texas. El impuesto de franquicia de Texas se impone a cada entidad imponible formada u organizada en Texas o haciendo negocios en Texas. A diferencia del impuesto sobre las ventas y el uso, el impuesto de franquicia no se recauda de los consumidores de esas entidades imponibles.

Los contribuyentes de franquicia que necesitan una extensión más allá de la fecha del 15 de junio tienen estas opciones:

•Los contribuyentes de transferencia de fondos no electrónicos (no EFT) que no pueden presentar antes del 15 de junio pueden presentar una solicitud de extensión en o antes del 15 de junio. Deben pagar el 90 por ciento del impuesto adeudado para el año en curso, o el 100 por ciento del impuesto reportado como adeudado para el año anterior con la solicitud de extensión. Los contribuyentes de no EFT que solicitan una extensión tienen hasta el 15 de noviembre para presentar su informe y pagar el resto del impuesto adeudado.

•En o antes del 15 de junio, los contribuyentes que son obligatorios pagadores de EFT pueden solicitar una extensión de tiempo para presentar al 15 de agosto. Deben pagar el 90 por ciento del impuesto adeudado para el año en curso o el 100 por ciento del impuesto reportado como debido para el año anterior con la solicitud de extensión. En o antes del 15 de agosto, los contribuyentes de EFT pueden solicitar una segunda extensión del tiempo para presentar su informe y deben pagar el resto de cualquier impuesto adeudado con su solicitud de extensión. La solicitud de extensión del 15 de agosto extiende la fecha de vencimiento del informe hasta el 15 de noviembre. Cualquier pago realizado después del 15 de agosto estará sujeto a penalización e intereses.

ARTICULOS RELACIONADOS

ARTICULOS RECIENTES