El juez del condado de Hidalgo emite orden de refugio en casa

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Después de presentarse el octavo caso de COVID-19

•¿Quienes restringen o deben de cesar su actividad?

Por José Luis B Garza

EDINBURG – Buscando frenar la propagación de COVID-19, el Juez del Condado de Hidalgo, Richard F. Cortez, ordenó a todos los residentes que se quedaran en casa a menos que estén llevando a cabo actividades esenciales. 

La orden entra en vigor a las 11:59 p.m. del jueves 26 de marzo.

La disposición se emitió el miércoles después de que un total de ocho (El noveno caso fue dado a conocer la mañana del jueves) residentes del condado de Hidalgo dieron positivo por el virus altamente contagioso COVID-19. Los expertos médicos han advertido al juez Cortez que la propagación del virus podría aumentar exponencialmente sin medidas drásticas para mantener a las personas en casa.

“Hago este movimiento extraordinario convencido de que es el camino correcto para la seguridad de los residentes del Condado de Hidalgo”, dijo el juez Cortez”. Sé que esto causará dificultades, pero estoy convencido de que esto salvará vidas”.

La orden permanece en vigor hasta el 10 de abril, pero el juez Cortez tiene la autoridad para levantar la orden en cualquier momento.

Bajo la orden, todas las personas en el Condado de Hidalgo deben quedarse en casa todo el día. Las personas pueden viajar sólo para negocios esenciales, como buscar ayuda médica o ir a la tienda de comestibles. Los residentes también son libres de viajar para realizar funciones gubernamentales esenciales.

Todas las empresas, excepto las designadas como esenciales, deben cerrar.

Las personas pueden abandonar sus hogares sólo por razones específicas, entre ellas:

Para realizar actividades o realizar tareas esenciales para su salud y seguridad, o para la salud y seguridad de su familia o miembros del hogar (por ejemplo, obtener suministros médicos o medicamentos, visitar a un profesional de la salud u obtener los suministros necesarios para trabajar desde casa).

Obtener los servicios o suministros necesarios para ellos y sus familiares o miembros del hogar, y los productos necesarios para mantener la seguridad, el saneamiento y el funcionamiento esencial de los hogares, o para prestar esos servicios o suministros a otros.

Todos los negocios que operan dentro del Condado de Hidalgo, excepto Essential

Las empresas que deben cesar o limitar todas las actividades en instalaciones ubicadas dentro del Condado son las siguientes:

•Conferencias, festivales, desfiles, salas de conciertos, recintos deportivos, bodas lugares, pulgas: mercados y otro tipo de lugares de reunión

•Comer o beber en Bares, Salones y clubes privados. Sin embargo el uso de servicio de “drive-thru”, entrega o servicio de comida para llevar está permitido y altamente recomendado a lo largo de la duración de esta Orden.

•Gimnasios, spas y salas de masajes, tatuajes y piercing salones y salones de bronceado

•Peluquerías y salones de uñas, peluquerías, estéticas y cuidado personal.

•Instalaciones de entretenimiento como boliches, salas de cine y otros

tipos de establecimientos de entretenimiento no esenciales

•Restaurantes y/o Food Court siempre que utilicen la unidad, servicio de entrega o comida para llevar está permitido y muy alentado a lo largo de la duración de esta Orden.

•Para mayor claridad, las empresas pueden continuar las operaciones que realizan exclusivamente con empleados o contratistas que realizan actividades en sus propias residencias (es decir, trabajando desde casa).

•En la mayor medida posible, todas las Empresas Esenciales deben de observar  el distanciamiento social, incluido el mantenimiento de seis pies (1.50 metros) de distancia social tanto para los empleados como el público en general; lavarse las manos con agua y jabón al menos veinte segundos a menudo o usando desinfectante de manos; cubriendo tos o estornudos; limpieza de superficies de alto contacto y no saludar de mano.

•Todas las reuniones públicas o privadas de cualquier número de personas que ocurran fuera de un solo hogar o unidad de vivienda están prohibidos. Nada en esta Orden prohíbe la reunión de miembros de un hogar o una unidad de vida.

•Restaurantes en servicios o microcervecerías, microdestilerías y bares/lounges sólo pueden hacer entrega entrega según lo permita la ley.

•Los servicios religiosos y de adoración sólo podrán prestarse por video y Teleconferencia. Las instituciones religiosas deben limitar el personal a diez (10) personas o menos al prepar o dirigir video o teleconferencia servicios, y todas las personas deben seguir  la distancia social  manteniendo seis pies de distancia social para empleados, voluntarios y los visitantes; lavarse las manos con agua y jabón durante al menos veinte segundos a menudo o usar desinfectante de manos; cubrir la tos o los estornudos; limpieza regular superficies de alto tacto; no estrechar la mano.

•Todos los procedimientos médicos, quirúrgicos y dentales “electivos” están prohibidos en cualquier lugar del Condado de Hidalgo. Hospitales, centros de cirugía ambulatoria, oficinas dentales y otros centros médicos están facultados para identificar procedimientos que se consideran “electivos” al evaluar qué procedimientos puede posponerse o cancelarse en función del riesgo del paciente teniendo en cuenta la necesidad de redirección de recursos a la respuesta COVID-19.